8.º Se entenderá por «equipo de protección individual» cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud en el trabajo, así como cualquier complemento o complemento destinado a tal fin. Los https://checkbookmarks.com/story5478026/la-mejor-parte-de-riesgo-psicosocial