A) Seguir a los técnicos en las evaluaciones de carácter preventivo del medio bullicio de trabajo, así como, en los términos previstos en el artículo 40 de esta índole, a los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social en las visitas y verificaciones que realicen en los centros de trabajo para https://bookmarksystem.com/story19092384/gesti%C3%B3n-de-riesgos-para-tontos